
Sobretasa 7 bis del Impuesto Territorial:
¿Cuándo se aplica y cómo impacta a los propietarios?
La Sobretasa del Artículo 7 bis establece un impuesto a quienes posean bienes raíces cuyo avalúo fiscal total supere las 827 UTA. [Aproximadamente $650 millones de pesos]
Esta medida busca gravar a los grandes propietarios de inmuebles con un tributo progresivo, según el valor total de sus propiedades
El problema: Muchos personas se ven afectadas por aplicaciones erróneas o injustas de esta sobretasa, lo que genera cobros excesivos o que derechamente no corresponden
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¿Cuáles son los Tramos y Tasas?
La sobretasa se aplica de manera progresiva y marginal sobre el exceso del avalúo fiscal total que supere las 827 UTA, según los siguientes tramos:
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Desde 827 UTA hasta 1.450 UTA: 0,075%
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Desde 1.450 UTA hasta 1.863 UTA: 0,15%
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Sobre 1.863 UTA: 0,425% (vigente desde el año 2023, anteriormente era 0,275%)
**Es importante destacar que la Unidad Tributaria Anual (UTA) se convierte a pesos según su valor al mes de diciembre del año anterior al que se debe pagar la sobretasa.
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¿ Qué propiedades son consideradas?
Para el cálculo de la sobretasa, se consideran todos los bienes raíces de los que el contribuyente sea propietario al 31 de diciembre del año anterior, incluyendo:
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Propiedades de dominio exclusivo: Se incluye el avalúo fiscal total
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Cuotas de dominio en propiedades compartidas: Se considera la proporción del avalúo fiscal correspondiente a la cuota de dominio que le corresponda al contribuyente
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¿Cómo podemos ayudarte?
Nos especializamos en la defensa administrativa de contribuyentes frente al SII, con un enfoque particular en materias relacionadas con el Impuesto Territorial
Conocemos en profundidad la normativa del artículo 7 bis, su aplicación práctica y las principales vías de defensa
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Estrategia a medida: Diseñamos la mejor defensa según tu situación
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Gestión integral: Presentamos y seguimos la solicitud ante el SII hasta su resolución
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¿Quiénes pueden verse afectados?
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Personas naturales que poseen múltiples inmuebles
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Herencias indivisas o comunidades hereditarias con propiedades en común
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Empresas familiares o sociedades que concentran bienes raíces
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Contribuyentes con errores de cálculo en la tasación o avalúo fiscal
Si el SII ha considerado erróneamente el total de tus propiedades, o ha atribuido propiedades que no te pertenecen, podrías estar pagando una sobretasa que no corresponde legalmente

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¿Qué se puede reclamar?
Los aspectos más comunes que pueden ser impugnados incluyen:
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Errores en el cálculo del avalúo fiscal total
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Asignación indebida de propiedades a una persona natural o jurídica
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Aplicación de la sobretasa sin considerar exenciones legales
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Problemas en la vinculación de RUTs por comunidades, sociedades u otros regímenes de copropiedad
